La República Dominicana presentó recientemente Empresas en 24 Horas (E24H) como una nueva herramienta destinada a reducir la burocracia asociada a la creación y formalización de empresas. La iniciativa parte de una necesidad legítima: un Estado moderno debe reducir tiempos, facilitar los trámites, evitar desplazamientos innecesarios y conseguir que las instituciones públicas puedan intercambiar información sin obligar al ciudadano a convertirse en mensajero entre una oficina y otra.
El planteamiento es positivo. Empresas 24H incorpora solicitudes digitales, pagos en línea, seguimiento del expediente, integración de trámites y generación automática de determinados documentos societarios. Sin embargo, una política pública de esta naturaleza no puede evaluarse solamente por su nombre o por la rapidez que promete. También debe analizarse qué resuelve realmente, cuáles son sus limitaciones actuales, qué procesos quedan fuera, cómo se relaciona con las plataformas que ya existen y si la creación de una nueva herramienta constituye la alternativa más eficiente para el Estado.
Ese análisis adquiere especial importancia porque Empresas 24H no surge en un escenario donde anteriormente no existiera una política de formalización digital. Desde hace años funciona Formalízate, una Ventanilla Única de Formalización Empresarial mediante la cual el Estado dominicano ya había procurado integrar en una sola solicitud procesos relacionados con ONAPI, Registro Mercantil, DGII, Tesorería de la Seguridad Social y Ministerio de Trabajo, según correspondiera.
Por eso, junto con reconocer las bondades de Empresas 24H, surge inevitablemente una pregunta de política pública: si Formalízate ya existía, ¿por qué fue necesario crear una nueva plataforma en lugar de modernizar, ampliar, acelerar o reconstruir la existente?
La pregunta no significa que Empresas 24H sea innecesaria ni permite concluir, sin evidencia, que exista un desperdicio de recursos públicos. Podrían existir razones técnicas perfectamente justificables: limitaciones de la arquitectura anterior, dificultades de interoperabilidad, nuevas exigencias de ciberseguridad, integración con Cuenta Única, incapacidad de escalar determinados componentes o una estrategia de sustitución tecnológica progresiva. Pero precisamente porque cualquiera de esas razones podría ser válida, el Estado debería explicarlas con claridad.
Innovación pública no significa necesariamente crear una plataforma nueva. En muchas ocasiones significa conseguir que las estructuras ya financiadas, desarrolladas e implementadas funcionen mejor, intercambien información y sean capaces de responder a nuevas necesidades.
La transformación digital tampoco debería medirse por la cantidad de portales disponibles. Desde la perspectiva del ciudadano, el objetivo debería ser exactamente el contrario: tener que conocer cada vez menos plataformas y procedimientos internos del Estado.
Empresas 24H se encuentra actualmente en beta pública, y ese elemento es fundamental para comprender su alcance. En esta primera etapa el servicio se concentra en determinados expedientes sencillos y está limitado territorialmente al Distrito Nacional. Permite trabajar con Persona Física, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada —EIRL— y Sociedad de Responsabilidad Limitada —SRL— bajo condiciones específicas. Casos que involucren socios extranjeros, menores de edad, aportes en naturaleza u otras situaciones que requieran análisis o autorizaciones particulares quedan fuera del flujo simplificado.
Esto significa que todavía no estamos frente a una plataforma nacional mediante la cual cualquier ciudadano pueda constituir cualquier empresa bajo cualquier circunstancia en un plazo de 24 horas. Estamos ante una primera fase de implementación enfocada en expedientes previamente delimitados.
Dentro de ese universo, la plataforma integra elementos importantes. El procedimiento articula el nombre comercial ante ONAPI, el Registro Mercantil y el Registro Nacional de Contribuyentes, además de facilitar pagos, seguimiento digital y generación automática de documentos constitutivos para determinados tipos societarios.
La autogeneración documental representa uno de los elementos más interesantes del sistema. Para una SRL sencilla, por ejemplo, los estatutos pueden generarse a partir de la información suministrada por el solicitante. Esto puede disminuir errores, omisiones y devoluciones relacionadas con la preparación documental.
Pero tampoco debe confundirse simplificación administrativa con uniformidad jurídica absoluta. Los estatutos sociales no son simplemente un formulario que se presenta ante una institución. Regulan aspectos relacionados con capital, administración, cuotas sociales, transferencia de participaciones, toma de decisiones y relaciones entre los socios. Para estructuras sencillas un modelo estandarizado puede ser suficiente, pero conforme aumenta la complejidad de la sociedad, también aumenta la necesidad de adaptar jurídicamente sus reglas internas.
La principal discusión, sin embargo, aparece alrededor de la expresión “24 horas”.
Un ciudadano que escucha “Empresas en 24 Horas” puede interpretar razonablemente que inicia el procedimiento y, transcurrido ese plazo, tiene una empresa completamente constituida, documentada y preparada para operar. Sin embargo, la propia información de la plataforma obliga a realizar una distinción más precisa.
Las 24 horas corresponden al procesamiento institucional de expedientes elegibles, bajo determinadas condiciones. El plazo está vinculado a solicitudes que ingresen dentro del horario establecido y deja de aplicar cuando existe una objeción o devolución. Además, determinadas actuaciones del ciudadano continúan fuera de ese período.
Esto es particularmente importante porque el servicio todavía conserva características de un procedimiento híbrido. En determinados casos los documentos deben descargarse, imprimirse, firmarse y posteriormente presentarse ante la Cámara de Comercio. En una EIRL también interviene la notarización del acto correspondiente. Es decir, una parte significativa del proceso puede ser acelerada y digitalizada, pero eso no significa que todas las actuaciones necesarias hayan desaparecido.
Aquí conviene diferenciar tres conceptos que muchas veces se presentan como si fueran equivalentes: procesar una solicitud, constituir jurídicamente una sociedad y tener una empresa plenamente habilitada para desarrollar todas sus actividades.
No significan lo mismo.
En el caso de las sociedades comerciales, el Registro Mercantil tiene una importancia jurídica determinante porque la personalidad jurídica surge a partir de su matriculación conforme al régimen societario aplicable. El RNC cumple una función esencialmente tributaria. El nombre comercial pertenece al ámbito de los signos distintivos y la propiedad industrial. A ello pueden añadirse TSS, obligaciones laborales y, dependiendo de la actividad, permisos sanitarios, ambientales, municipales, turísticos, financieros, educativos o regulatorios.
Por tanto, sería igualmente incorrecto afirmar que una sociedad nunca podría constituirse jurídicamente dentro de 24 horas. Si su Registro Mercantil queda completado dentro de ese período, jurídicamente puede haberse producido su constitución. Lo que debe cuestionarse es algo distinto: si resulta suficientemente precisa la expresión “Empresa en 24 Horas” cuando el propio procedimiento reconoce actuaciones posteriores que pueden continuar después de ese plazo.
Desde una perspectiva administrativa y comunicacional, sería más exacto explicar que se ofrece un procesamiento institucional acelerado de hasta 24 horas para determinados expedientes que cumplan las condiciones y no presenten objeciones.
Esa precisión no disminuye la importancia del proyecto. Por el contrario, lo hace más transparente.
También conviene distinguir correctamente el papel de ONAPI dentro del procedimiento. Empresas 24H sí integra la solicitud del nombre comercial. Por tanto, no sería correcto afirmar que la propiedad industrial está completamente fuera del proceso. Sin embargo, el registro de un nombre comercial no significa que una empresa haya completado toda su estrategia de protección industrial.
Una marca, por ejemplo, cumple una función distinta al nombre comercial. Una empresa puede tener interés en proteger determinados productos, servicios, denominaciones o signos sin que eso constituya un requisito general para que la sociedad adquiera personalidad jurídica. Por esa razón, tampoco sería correcto sostener que la ausencia de un registro marcario hace jurídicamente imposible constituir una empresa en 24 horas.
La diferencia es importante porque una cosa es crear jurídicamente una sociedad y otra muy distinta es haber completado todos los registros, permisos y mecanismos de protección que eventualmente pueda requerir su actividad económica.
A todo esto se suma la comparación con Formalízate. La plataforma anterior ya fue concebida como una ventanilla única y su arquitectura incluye o ha incluido trámites vinculados con ONAPI, Registro Mercantil, DGII, TSS y Ministerio de Trabajo. Empresas 24H, en cambio, comienza su beta concentrándose esencialmente en ONAPI, Registro Mercantil y RNC, mientras otras integraciones se proyectan para etapas posteriores.
Esto no significa necesariamente que Formalízate sea tecnológicamente superior. Empresas 24H puede ofrecer una experiencia más moderna, mayor velocidad, nuevas validaciones y mejores mecanismos de interoperabilidad. Pero precisamente por eso resulta necesario conocer cuál es la relación institucional entre ambas plataformas.
¿Empresas 24H representa la evolución de Formalízate? ¿La sustituirá progresivamente? ¿Funcionarán ambas de manera permanente? ¿Se reutilizaron componentes tecnológicos del sistema anterior? ¿Existió un estudio comparativo entre modernizar Formalízate y desarrollar una nueva solución?
Estas preguntas son especialmente importantes porque cada plataforma tecnológica pública genera costos de desarrollo, infraestructura, alojamiento, soporte, mantenimiento, actualización, seguridad, capacitación e integración futura.
Sería irresponsable afirmar, sin disponer de contratos, estudios técnicos o información presupuestaria, que la nueva plataforma constituye una duplicidad indebida o un desperdicio del dinero público. Pero eso no impide solicitar información que permita evaluar la eficiencia de la decisión.
La transparencia requiere conocer cuánto costó el desarrollo de Empresas 24H, cuál será su costo de mantenimiento, qué componentes existentes fueron reutilizados, cuáles eran las limitaciones de Formalízate y cuál es la hoja de ruta prevista para evitar que el Estado termine manteniendo sistemas paralelos que realizan funciones similares.
Esto coincide, además, con un desafío reconocido dentro de la propia transformación digital dominicana: la fragmentación institucional. El reto de un Estado digital no consiste únicamente en colocar trámites en internet. Consiste en lograr interoperabilidad, compartir datos, evitar duplicidades y reducir las cargas administrativas que recaen sobre ciudadanos y empresas.
Por eso resulta tan importante que el desarrollo de Empresas 24H no termine significando simplemente una nueva dirección electrónica dentro de una estructura pública que continúa fragmentada.
La beta presenta también pequeñas inconsistencias que deberían corregirse durante esta etapa de prueba. Por ejemplo, mientras los requisitos de determinadas SRL excluyen socios extranjeros, la documentación del mismo portal llega a mencionar pasaportes para socios extranjeros. También aparecen formulaciones que presentan la ausencia de objeciones como si fuera un requisito previo, cuando en realidad una objeción es una circunstancia que puede surgir durante el procesamiento y que afecta el cumplimiento del plazo anunciado.
Estas contradicciones no deben exagerarse. Precisamente una beta pública existe para detectar, evaluar y corregir problemas. Pero esa misma condición obliga a utilizar esta fase para uniformar criterios, eliminar instrucciones ambiguas y evitar que el ciudadano reciba mensajes diferentes dentro de un sistema creado específicamente para simplificar.
Empresas en 24 Horas constituye, en definitiva, un avance que merece ser reconocido, pero también una política pública que debe continuar siendo observada y evaluada.
Su valor no estará únicamente en demostrar que determinadas instituciones pueden procesar expedientes empresariales con mayor rapidez. Su verdadero éxito dependerá de que consiga eliminar pasos innecesarios, expandirse territorialmente, incorporar firma digital integral, integrarse con TSS y Ministerio de Trabajo, disminuir desplazamientos presenciales, reducir devoluciones y articularse adecuadamente con las demás infraestructuras digitales del Estado.
También debería existir claridad sobre algo esencial: qué indicador utilizará oficialmente el Gobierno para afirmar que una empresa fue creada en 24 horas. ¿Será el momento en que las instituciones terminan de procesar el expediente? ¿La emisión del Registro Mercantil? ¿La asignación del RNC? ¿O la culminación efectiva de todos los pasos incluidos dentro del servicio?
Definir ese indicador permitirá que el resultado pueda medirse y no dependa solamente de una expresión publicitaria.
El ciudadano tampoco debería tener que decidir entre Empresas 24H, Formalízate, ONAPI, Cámara de Comercio, Oficina Virtual de DGII, TSS, Ministerio de Trabajo y otros sistemas para descubrir dónde corresponde realizar cada trámite. La verdadera interoperabilidad se alcanza cuando esa complejidad permanece dentro del Estado y deja de trasladarse a la persona que solicita el servicio.
Por eso la discusión no debe reducirse a si Empresas 24H es buena o mala. El proyecto contiene avances claros. La discusión de mayor importancia es si forma parte de una estrategia capaz de integrar las plataformas públicas existentes, aprovechar las inversiones realizadas previamente y construir una experiencia digital única para ciudadanos y empresas.
Una buena transformación digital no se mide por cuántas plataformas puede desarrollar el Estado.
Se mide por cuántas complicaciones logra eliminar.
Y ese será, finalmente, el verdadero examen de Empresas en 24 Horas: no demostrar que República Dominicana puede crear otra plataforma, sino demostrar que puede simplificar realmente al Estado.
© 2026 Darlin Tiburcio / El Debido Proceso RD. Todos los derechos reservados.
Se autoriza la reproducción, publicación y difusión total o parcial de este artículo, siempre que se cite de manera visible a Darlin Tiburcio como autor y a El Debido Proceso RD como fuente original. La autorización no comprende la alteración del contenido de forma que modifique su sentido ni la atribución de autoría a terceros.